Incorporación de los ministriles a los efectivos musicales de la catedral de Mallorca (1595)
Ruiz Jiménez,
Juan
Real Academia de Bellas Artes de Granada
0000-0001-8347-0988
Resumen
Incorporación de los ministriles a los efectivos musicales de la catedral de Palma (1595).
Palabras clave
contratación de músicos , cartografía incorporación capilla de ministriles , copia de música , libro para uso de ministriles , cabildo de la catedral , cabildo de la ciudad , ministriles , Antoni García (bajón) , Joan López (sacabuche) , Sebastià López (corneta) , Miquel Serra (bajón) , Miquel Pascual (ministril)
Este artículo está redactado con los datos proporcionados por Cristina Menzel Sansó en su tesis doctoral La música a Mallorca en el segle XVII. Fonts musicals de la catedral: Estudi i edició crítica (2012).
Al igual que ocurrió en otras diócesis con recursos económicos más limitados, en la catedral de Mallorca la contratación estable de un grupo de ministriles se llevo a cabo a través de un acuerdo entre el cabildo catedralicio y la Universitat de la Ciutat i Regne de Mallorca que, en el marco de la ciudad, desempeñaba unas funciones similares a los ayuntamientos del Reino de Castilla.
El 31 de marzo de 1595, el deán y uno de los canónigos presentaba la propuesta al Gran i General Consell, la cual consistía, en esencia, en dividir los gastos que suponía esa contratación, estableciendo con los ministriles el compromiso de que estos servirían tanto en las festividades religiosas como en las ceremonias civiles decretadas por ambas instituciones:
“Pro componenda música de ministrils.
Innotificatis pro suam Illustrissima dominationem super componenda et introducenda música decenti de ministrils in presenti ecclesia cum qua solemnizentur festa solemnia quae decernent presens capitulum et domini Iurati huius regni et unde haberi poterunt salaria necessaria pro conservandis dictis musicis Commissum dominis Decano et canonico Callar. Et quod ex parte totius Capituli notificent domini Iuratis voluntatem et mentem suae Reverendissime dominationis et quod in omnibus sumptibus et salarijs necessariis pro dicta musica. Sua Reverendissima dominatio et domini canonici aequaliter solvent medietatem et quod universitas dicti regni solvat aliam medietatem”. [Arxiu Capitular de Mallorca, Actes Capitulars sig. 1634, 31 maç 1595, f. 115r.]
En un pleito del año 1728, conservado en el Arxiu Diocesà de Mallorca (Pleits 17/83/6/, fols. 3r-5v), se encuentra el acta por la que se acepta la anterior propuesta. En este expediente, Mateo Armengol, notari prosindico y archivero perpetuo de la antigua Universidad, Ciudad y Reino de Mallorca expide certificación de este acuerdo:
“Certifico y doy verdadero testimonio como en el libro de determinaciones de consejos generales de la antigua Universidad de los años 1594, 1595 y 1596 que para en el archivo de mi oficio, consta que en el consejo que se celebró el día primero de abril de 1595, en que concurrió legítimo número de consejeros, se hizo, por el magnífico Pedro Mesquida, jurado menestral, así en su nombre como los demás sus socios jurados entre otras proporciones al dicho consejo la proposición y acordó la resolución siguiente:
Mes avant proposam a V. M. com lo senyor degà y lo senyor canonge Guerau de part del illustrissim senyor Bisbe y molt reverent capitol han feta embexada a ses magnifiques dihent convindria molt al culto divi haverhi en lo regne un joch de ministrils, los quals foren obligats a servir totas las festas asi las ques fan universals, com las que fa la Seu y ben considerat dit reverent capitol ha determinat posar ma en sercar de hont mes convingue un joch de ministrils y tenirlos llogats a tant cade any, ab obligacio que hajen de servir totas las diades que convindrá ab aso empreo que la Universitat sie tingude de pagar la mitat del flete o salari de aquells y la altre mitat dit reverendissim senyor Bisbe y molt reverent capitol; los magnificha jurats entes segons los apar asser cosa molt honrosa per lo regne y convenient, han determinat proprosarho a Vs. Ms. perque determinen lo que es deu fer, y aparaxent a Vs. Ms. se degue axi fer, donar poder a las personas los aparega, las quals ab dit molt reverent capitol o persones para desa deputades, puguen haver dit joch de ministrils tatxantlos salari compatent con millor convinga y fer pactes y capitulacions necesarias ab los musichs quins dies heuran de servir forsat, Vs. Ms. determinaran lo que mes convindria. Sobre la qual proposicio pessaren y discorregueren los vots y pero de dits consellers, d’un en altre com es acustumat (per dos vegades) y font conclus, difinit y determinat per mes de les dos parts del dit Gran y General Consell, que lo contengut en dita proposicio sia remes com de present remt en asl magnifichs senyors jurats y honorable sindichs clavaris de la part forana, los quals per los, lo quels aparega, tinguen tant, y tan gran poder, com de los present General Consell, ab asso, que los musich sien obligats entre las altres cosas aparexará ses magnifiques de anar de franch a las fires ordinarias une die de tansolament cade any cuase etcétera”.
Tras los debates pertinentes, el 29 de enero de 1596 se firmó el acuerdo para su contratación y se procedió, sin más dilación, a la incorporación de un grupo de cuatro ministriles que, ese mismo año de 1596, ya aparecen en nómina: Antoni García (bajón, 1596-1601†), Miquel Serra (bajón, 1596-1611), Joan López (sacabuche, 1596-1611) y Sebastià López (corneta, 1596-†1635). Como era costumbre, estos ministriles tañerían, con mayor o menor destreza, varios instrumentos, lo que permitiría una amplia diversidad tímbrica en el repertorio que interpretaban. Probablemente, dado que solo había cuatro plazas, la incorporación de Miquel Pascual (1598-1611) se produjo para tocar en ausencia de Antoni García que ya debía tener una salud precaria –no aparece en nómina en 1597–, el cual falleció en 1601. Por documentación posterior, sabemos que cada uno de los ministriles fue contratado con un salario de 50 £, dos de los cuales serían pagados por la mesa capitular y los otros dos por los Jurats de Mallorca.
Especial interés tiene un grupo de seis piezas para ministriles conservadas en el archivo de música de la catedral de Mallorca, probablemente copiadas a finales del siglo XVI o principios del siglo XVII. Se encuentran en un pliego suelto en el volumen del Missarum liber secundus (Roma: herederos de Valerio y Luigi Dorico, 1567) de Giovanni Pierluigi da Palestrina [E-PAc SV2]. Este libro pudo ser adquirido a finales del siglo XVI y su encuadernación actual posiblemente se llevó a cabo a principios de 1613, según se deduce de una anotación de los libros de fábrica [Arxiu Capitular de Mallorca, Llibres de fàbrica, sig. 1861, f. 21V]: “A 14 de janer 1613 he pagat a mº Antoni Perpinya llibreter vint sous per adobar dos llibres de full de ma maior de la musique a dos coss de palestrina ço es affegir paper pautat apadesar y escriure y lligar tot vint sous ut ecce”.
En ese papel pautado se copiaron varias obras vocales.
El cuadernillo suelto de seis folios de papel en el que están escritas las obras instrumentales –a 4 voces y en notación mensural blanca– pudo pertenecer a un libro más extenso para uso del grupo de ministriles de la catedral de Mallorca, ya que en el fol. 1r (al que le falta un trozo que se ha rasgado en la parte inferior derecha) y en el fol. 6v solo tenemos dos voces, el resto estarían en el verso y el recto de los folios de los cuadernillos anterior y posterior. Los folios miden 42 cm y tienen las características habituales que encontramos en los otros libros que se han conservado copiados para estas agrupaciones instrumentales. Ninguna de las seis piezas ha podido ser identificada.